Qué ver y leer...........................................................................................................El abogado responde

"33" el Musical

Pedro

Red de libertad:
la caridad en tiempos de guerra

R. Colmenero

Aquél día, ojeando el periódico de la cafetería, me llamó la atención esta noticia:

"33", el musical
¡Un musical sobre Jesús!

Hablaba de las andanzas de Jesús, el de Nazaret... ¡Curioso! Así que consulté a mi esposa y sacamos las entradas por internet.
Cuando llegó el día y nos presentamos ante la carpa gigante, la impresión no pudo ser mayor. Dentro, entre la gente, había calor, entusiasmo, conversaciones expectantes… Todo estaba listo para empezar.

* * * * * * *

33, El musical, representa los últimos 3 años de vida de Jesucristo, en los cuales, a pesar de la negativa de su madre, Jesús emprende un largo y peligroso camino hacia Jerusalén, para llevar a la ciudad grandes noticias. En el trayecto le acompañan unos cuantos amigos, bastantes enemigos, y hasta el demonio… Su mensaje es revolucionario y pronto tendrá que enfrentarse a todos los opositores que ven en él un desafío a sus prebendas.
El primer acto respira alegría. Jesús tiene una brillante entrada en Jerusalén; pero en el segundo, tras el encuentro con los mercaderes y los sacerdotes del templo, se precipitan una serie de acontecimientos tensos, tristes y oscuros: la traición, la soledad, el juicio y la muerte cruel.
Pero la historia continúa, y Jesús Resucita. Jesús sigue vivo y su mensaje de amor y de fraternidad siguen siendo una luz que anima al mundo de hoy a vivir la vida como un regalo y a ayudar a que todas las personas sean felices.

33, El Musical, cambiará la visión del mundo gracias a su mensaje: El amor es nuestro único camino.
En esta historia, diferente a otras, vemos a Jesús, un ciudadano de hoy día, bailando sobre un escenario. Una obra que incorpora 33 canciones compuestas por el director y sacerdote Toño Casado.
2 horas y 30 minutos de duración, divididos en dos actos, que al finalizar te dejan ganas de más.
El recinto (hablan de 7.000 metros cuadrados...), ¡impresionante!
Y la escenografía, sencilla, ágil, acogedora de todas las escenas…

Os dejo un comen-tario de Antonio Rodríguez, Profesor Titular del Centro Universitario Sale-siano "Don Bosco". Doctor en Filosofía:
"AYUDA A REZAR AL CREYENTE Y A PENSAR AL QUE NO LO ES" - "33" es el mejor regalo que su autor nos podría haber he-cho. A través de la obra el autor nos llena de vida, esa que echamos de menos, la vida compartida, la vida disfrutada por sabernos amados por alguien"
Concluyo diciendo que a mí me im-presionaron tres musicales (esce-nas): la despedi-da de Jesús y su madre, las biena-venturanzas y la última cena.

En el año 2017 se estrenó en apenas 50 salas una película producida por Three Columns Entertainment titulada Red de Libertad.
El largometraje es muy poco conocido, incluso entre los aficionados al cine católico, y merece una breve reseña por su interesante argumento.
Red de Libertad puede que no destaque por su guion, su vestuario o la fotografía, pero todo ello se puede apreciar como un elemento poco importante ante la historia real y poco conocida que narra. De este modo, la cinta pone al espectador en la piel de Helena Studler (Assumpta Serna), una Hija de la Caridad que se dedicó al cuidado de los más desfavorecidos en la Francia de los años 30.
Con el estallido de la II Guerra Mundial, la vida cotidiana de estas hermanas encargadas de atender a huérfanos y desamparados cambia drásticamente. En efecto, la misión que Dios les encomienda es salvar a los cautivos del campo de concentración que los alemanes han construido cerca de la localidad en la que desarrollaban su apostolado.
Las críticas publicadas fueron realmente negativas. Más allá de los elementos materiales, que son los propios de una producción histórica hecha con poco presupuesto, Red de libertad fue acusada de constituirse como un instrumento de evangelización que no aporta nada al cine religioso.
Sin embargo, es precisamente el carácter militante de la película el que la dota de una honestidad propia de un cine católico sin complejos.
No obstante, la película puede ser también el indicativo de la necesidad de un cine católico que conjugue una producción con mayores posibilidades y, a su vez, que no descuide la sensibilidad y espiritualidad de lo narrado. A día de hoy es este factor una asignatura pendiente que, salvo contadas excepciones, todavía debe ser resuelto.
En definitiva, Red de libertad es un esfuerzo cinematográfico que sigue la estela de otras producciones más acertadas de la productora (Un Dios prohibido, Luz de Soledad) y que suma al catálogo de cine religioso español elaborado en el siglo XXI.

SI ROMPEMOS
¿quién paga la hipoteca?

Enrique

¿Qué ocurre con el pago de la hipoteca cuando se produce la separación o el divorcio del matrimonio?
¿Quién tiene que pagarla y qué ocurre en caso de impago por uno de los dos?

Casi todas las parejas y matrimonios cuando se plantean adquirir una vivienda se ven obligadas a comprarlas mediante la contratación de un préstamo hipotecario con una entidad bancaria. Hoy nos vamos a centrar en este tipo de hipotecas.
En la mayoría de los casos, mientras las cosas funcionan bien en el matrimonio o en la pareja, el pago de los recibos de la hipoteca se realiza de forma puntual; mientras que, al contrario, cuando las cosas van mal o se produce la ruptura de la pareja o del matrimonio, es cuando surgen los problemas para el pago de los recibos de la hipoteca.
En estos casos lo que suele ocurrir es que uno de los dos afectados por la hipoteca, tras la ruptura de la pareja o la separación, deja de hacer frente al pago de su parte del recibo de la hipoteca obligando a la otra parte a hacer frente, si le es posible, al pago de la cuota total de la hipoteca, bien por tener medios suficientes o bien por contar con la ayuda de terceras personas, familiares o amigos.
Nos vamos a plantear la pregunta que generalmente se hacen las personas que hacen frente a dichas situaciones.

¿Qué puedo hacer en estos casos?
Una vez realizados los pagos por uno de los dos en la totalidad del importe del recibo, quien los ha pagado puede reclamar a su expareja el reembolso de la mitad de lo pagado; para ello es conveniente guardar todos los justificantes de dichos pagos, e incluso solicitar a la entidad bancaria un certificado de qué persona está pagando los recibos de la hipoteca.
Para poder realizar esa reclamación del pago, lo primero que hay que hacer es intentar una resolución del problema de forma extrajudicial, intentando llegar a un acuerdo para el pago de la hipoteca, y si ello no fuera posible, la única solución sería la reclamación por vía judicial.
Para ello será necesario iniciar un procedimiento judicial ordinario en el que se solicite al Juzgado que condene a la expareja al pago de la mitad de las cantidades abonadas por la hipoteca, debiendo aportar al Juzgado la Escritura de la Constitución de la hipoteca con la entidad bancaria y los recibos abonados por la persona que solicita la condena al Juzgado para acreditar las cantidades pagadas.
Una vez dictada la sentencia condenatoria, si el condenado a su pago no lo hace voluntariamente, a continuación deberá instarse la ejecución de la sentencia para solicitar embargos y poder cobrar las cantidades adeudadas.

En los casos en los que en la sentencia de divorcio se haya establecido que la hipoteca debe de ser abonada por ambos por mitades e iguales partes, se podrá iniciar directamente la ejecución de la sentencia, lo que acortaría los plazos; no obstante, esta solución es discutida, pues hay algunas sentencias judiciales que no lo admiten y fijan que primero hay que iniciar el procedimiento judicial ordinario para reclamar el pago de la mitad de los recibos de la hipoteca.

Y si el pago de los recibos de la hipoteca los ha realizado con la ayuda de un familiar, ¿este familiar podría reclamar el pago de lo que él haya abonado?

Recientemente, en el mes de diciembre de 2018, el Tribunal Supremo ha dictado una sentencia muy interesante sobre este tema. Se trata de una reclamación efectuada por los padres de uno de los miembros de la pareja, que reclamaban a la expareja de su hijo el pago de lo pagado por ellos por la hipoteca. Los padres habían llegado a un acuerdo con la Entidad Bancaria para hacerse cargo del pago de los recibos de la hipoteca, liberándose así la entidad bancaria, pero no así los obligados al pago de esta reservándose la facultad de reclamar el pago a su hijo y a su expareja.

Para ello interpusieron una demanda contra la expareja de su hijo reclamando el pago de la mitad de lo abonado por ellos para liquidar la hipoteca. Dicha demanda fue aceptada en primera instancia dictándose sentencia a su favor, pero interpuesto recurso de apelación por la expareja, la Audiencia Provincial le dio la razón revocando la sentencia de primera instancia y desestimando la demanda; pero ahora el Tribunal Supremo ha dado la razón a los padres, revocando la sentencia de la Audiencia Provincial y confirmando la sentencia de la primera Instancia y condenando a la expareja a abonar a los padres la mitad de lo pagado por ellos por la hipoteca.